Antes de que finalice el año podemos adoptar una serie de medidas que nos llevarán a pagar menos por nuestra declaración de IRPF DE 2018. Proponemos las siguientes:

1.- APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES.

Es la medida más común pero beneficia más a los contribuyentes con rentas más altas. Tiene un máximo de 8.000 € y puede llegar a suponer un ahorro de casi el 50% de la cantidad aportada, con el límite de la menor cantidad entre los citados 8.000 € o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. También se pueden aportar al cónyuge que no tenga los rendimientos citados con un máximo de 2.500 €.

2.- COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS.

Si se ha producido una ganancia patrimonial sería muy ventajoso poder compensarla con pérdidas producidas en el mismo ejercicio o en los cuatro anteriores. Por ello, si por ejemplo hemos vendido un inmueble que nos ha generado una ganancia y tenemos unas acciones en pérdida, podemos venderlas y compensar. Hay una pega y es que no se pueden volver a comprar esas mismas acciones en 2 meses.

 

Pagar menos en la declaración de la renta

3.- HIPOTECA POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA ANTERIOR A 2013.

Si se da esta circunstancia podemos aplicar la deducción del 15% para las cantidades pagadas con un límite de 9.040 € anuales. No debemos hacer amortizaciones superiores a esta cantidad, ya que estaríamos perdiendo el 15% de todo lo que supere a esta cifra.

4.- DONACIONES A ONG, SINDICATOS, PARTIDOS POLÍTICOS O COLEGIOS PROFESIONALES.

No es un ahorro en sí mismo, sino un incentivo. Las donaciones a ONGs permiten desgravar el 75% de los primeros 150 € y el 30% de las cantidades que la sobrepasen. Las cuotas sindicales o de colegios profesionales desgravan hasta 500 € y las aportaciones a partidos políticos tienen una deducción del 20% con un límite de hasta 600 €.

5.- INVERSIÓN EN EMPRESAS NUEVAS O DE RECIENTE CREACIÓN.

Se podrá aplicar una deducción del 30% de las cantidades invertidas en la suscripción de acciones o participaciones en empresas nuevas o de reciente creación, con una base máxima de deducción de 60.000 €. Esta deducción tiene una serie de requisitos y límites que varían en función de la comunidad autónoma de residencia. Lo habitual en nuestra España, sujeta a la sinrazón legislativa de la discriminación por razón del territorio.

Como siempre decimos, esto no pretende ser un artículo doctrinal, sino una llamada de atención sobre un hecho que podemos mejorar ahora y no cuando haya finalizado el ejercicio 2018. En Bufete FRB contamos con expertos abogados y economistas que podrán asesorarte en estos trámites. Contacta ahora con Bufete FRB para solicitar nuestra ayuda.