Las empresas tendrán un CIF y también un código LEI

Hemos de acostumbrarnos que a partir de noviembre de 2017 para algunos (los que utilicen derivados financieros o seguros de cambio) o de Enero de 2018 para otros (los que intervengan en cualquier transacción financiera (compra acciones, fondos de inversión,…) habremos de tener un CÓDIGO LEI.

Así pues, las empresas, tendrán un CIF y un LEI.

Será imprescindible para realizar transacciones financieras en los mercados de renta variable y de renta fija y sin él no se podrá operar. Y ciertamente no es algo tan aislado, todas las empresas en algún momento han comprado acciones, fondos de inversión, compra de divisas (exportaciones),…

El responsable de su emisión será el Registro Mercantil a través de la web https://www.justicia.lei.registradores.org/pgSolicitudIdentificador  y curiosamente a diferencia del CIF, su emisión tendrá un coste de 121€ en la primera emisión y de 60,50€ anualmente con su renovación. Y no sólo eso, habremos de consignarlo en las Cuentas Anuales en la “Hoja Identificativa” antes incluso que el CIF.

Si bien este código, era conveniente para realizar una correcta trazabilidad de las operaciones financieras (acordémonos de las «subprimes» y la titulización de los créditos desligados del activo) resulta paradójico que no se haya establecido unos mínimos de exoneración en dicha obligación para las pequeñas empresas, o al menos en las tasas, algo que nos resulta desproporcionado por cuanto será igual para todos, ya seas BBVA o el comercio de la esquina que tiene sus ahorros en unos bonos.