El día 2 de abril se inició la campaña para la presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2024. Comentaremos a continuación las novedades más significativas:
- El resultado positivo de la declaración podrá hacerse por Bizum o mediante tarjeta de crédito. Siguen en vigor la domiciliación bancaria en uno o dos plazos y las demás formas de pago que ya existían.
- Sube de 15.000 € a 15.876 € el límite para los trabajadores con más de un pagador y se mantiene el de 22.000 € para los que solo tengan uno.
- Las devoluciones a los mutualistas de las cantidades que abonaron de más en sus cotizaciones a las antiguas mutualidades, se harán este año y en un solo pago.
- Se podrá deducir el 80% de los primeros 250 € (anteriormente 150 €) donados a asociaciones declaradas de interés público.
- Hay que estar atentos a los cambios en las deducciones autonómicas que correspondan.
- Baja del 60% al 50% de reducción del rendimiento del capital inmobiliario generado por el alquiler de viviendas, excepto en Cataluña, donde puede llegar hasta el 90%.
- Las plataformas digitales de compraventa de artículos nuevos y de segunda mano tendrán que informar a Hacienda, mediante el nuevo modelo 238, de estas operaciones. Hacienda podrá requerir a quien haya vendido más de 30 productos de segunda mano en la misma plataforma o si supera los 2.000 €.
Y como siempre, nos tienen a su disposición para cualquier duda que surja.
ramirezdecartagena@bufetefrb.es
954.24.14.00